REPARACION DEL DAÑO.
Dos son los requisitos que se necesitan para fijar la reparación del daño, a saber: las pruebas obtenidas en el proceso, y la capacidad económica del obligado a pagarla; siendo indudable, que el Ministerio Público es a quien incumbe aportar las probanzas para acreditar los extremos indicados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299272-78cf6537/reparacion-del-dano · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1928/50. Zapata Alvarado Hermenegildo. 16 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACIÓN DEL DAÑO.- (2521)
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis