APELACION EN MATERIA PENAL.
Unas consideraciones, hechas en la sentencia de primera instancia, quedan firmes, si falta respecto de ellas, el agravio necesario por parte del Ministerio Público, en la alzada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299325-61e20e16/apelacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9923/49. Garduño Colín Antíoco y coag. 26 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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