PLAGIO, DELITO DE (LEGISLACION DE COLIMA).
La figura prevista por la fracción V, del artículo 330 de la ley punitiva del Estado, exige, entre otros elementos, que el robo lo ejecute quien sea extraño a la familia del infante, y no puede decirse que aquél a quien la propia madre señala como el padre biológico de la menor sea un extraño.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299706-9d280b14/plagio-delito-de-legislacion-de-colima · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 5635/49. Gutiérrez Alvarez Rafael. 23 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PLAGIO, DELITO DE (LEGISLACION DE COLIMA). (s/clave)
- PLAGIO. (s/clave)
- PLAGIO, MODALIDAD DE ROBO DE INFANTE. LA RETENCION DEL MENOR CONFIGURA EL ILICITO. (VI.2o.148 P)
- PLAGIO, MODALIDAD DE ROBO DE INFANTE. LA RETENCIÓN DEL MENOR CONFIGURA EL ILÍCITO.- (5322)
- PLAGIO. SUSTRACCION DE MENORES (LEGISLACION DE JALISCO). (s/clave)
- PLAGIO (ROBO DE INFANTE). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis