FRAUDE, DELITO DE.
Si el hecho del que se hace depender la relación jurídica objeto del procedimiento civil, no tiene existencia, y fue afirmado como tal, por la solicitante, es objeto de un tipo que la ley represiva ha incluido, más si la certificación del Ministerio Público relativo a la inexistencia de ese hecho es de fecha posterior a la instancia de la solicitante, y que pudo fundarse en un nuevo estado de cosas, no es sostén valedero de la afirmación de que la quejosa faltó a la verdad, al seguir el procedimiento jurisdiccional. En esa virtud, no puede tenerse por comprobado el cuerpo del delito de fraude.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299714-fb70a7ab/fraude-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- DOCUMENTOS OBJETADOS DE FALSOS, DECLARACION DE NO HABER DELITO QUE PERSEGUIR. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, DELITO DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis