LIBERTAD CAUCIONAL, REVOCACION DE LA (COPARTICIPACION DELICTUOSA).
Si aparecen elementos de responsabilidad en contra del quejoso, por un delito cuya pena no le permite disfrutar de la libertad caucional, y hasta el momento de dictarse el auto de formal prisión, no se puede precisar el grado, de responsabilidad que el indiciado pueda tener en los hechos delictuosos que se le imputan, ya que ese es uno de los extremos que el juzgador deberá establecer en su sentencia, después de un examen total de las constancias que aparecen en autos, por ello no se puede concluir que el auto revocatorio del que otorgó al quejoso la libertad bajo fianza, sea violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300038-d8c86910/libertad-caucional-revocacion-de-la-coparticipacion-delictuosa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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