AUTO DE FORMAL PRISION.
La declaración de cargo de quien no trata de eludir su propia responsabilidad y no tiene motivo de enemistad hacia la quejosa, es suficiente para estimar que existen datos de la probable responsabilidad de ésta, en el delito por el que fue declarada formalmente presa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300181-fd246a09/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 7659/48. Eulalia García de Martell. 28 de junio de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.
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