AGRAVIOS EN LA REVISION.
Los razonamientos que no fueron materia de agravios por el recurrente, al subsistir, fundamentan el fallo que se revisa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300279-470ca72b/agravios-en-la-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 2564/48. Amaya Gorgonio y coagraviados. 27 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Epoca, Común, página 435, tesis 258, de rubro "REVISION. PROCEDE SOLO A PETICION DE PARTE.".
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