LIBERTAD PREPARATORIA.
Aun cuando una de las circunstancias en que se funda el dictamen médico psiquiatra, consiste en un proceso tramitado en contra del quejoso, durante su reclusión, no puede tomarse en cuenta tal hecho para desvirtuar su buena conducta, si en tal causa fue absuelto por medio de sentencia que, de acuerdo con los principios jurídicos y la ley, debe ser considerada como la verdad legal y, en consecuencia, no puede tener efecto de penalidad o perjudicarlo, por lo que no puede servir de base a la negativa de la libertad preparatoria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300361-be8c44fe/libertad-preparatoria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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