DISPARO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES.
Los delitos de lesiones y disparo de arma de fuego, se encuentran acreditados con la confesión del procesado, al aceptar que lesionó a una persona, existiendo en la causa fe judicial de éstas lesiones y dictamen médico legal que las enumera y clasifica, así como su manifestación de que con procedencia a éstos hechos, disparo su arma aun cuando sin causar daño.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300437-c8ce6749/disparo-de-arma-de-fuego-y-lesiones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6255/47. Treviño Caballero Victoriano. 16 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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