ERROR EN LA PERSONA.
Si el acusado, al privar de la vida a uno de los ofendidos, lo hizo en una riña, como provocado en ella, el homicidio del otro, aparece cometido con las mismas características, si dicho acusado, al privarlo de la vida, sólo erró en cuanto a la persona.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300486-77c6ef1f/error-en-la-persona · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 471/49. Bolaños Ronquillo J. Ascensión. 24 de marzo de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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