RESPONSABILIDAD CIVIL, PROVENIENTE DE DELITO.
Para que la demandada en un incidente de responsabilidad civil proveniente de delito, pueda ser considerada como morosa en el cumplimiento de sus obligaciones, debió la actora interpelarla para que cubriera los daños fijados en la sentencia, y por otra parte, en relación con los perjuicios, cuyo monto líquido no habían sido fijados, dicha interpelación ni siquiera hubiera podido haberse llevado a cabo, pues la demandada no podría pagar una suma cuyo monto todavía no se había precisado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300747-9cc69894/responsabilidad-civil-proveniente-de-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 6184/48. Cooperativa de Auto Transportes Circunvalación de Puebla, S. C. L. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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