ROBO, PENALIDAD DEL, CUANDO SE DESCONOCE EL MONTO DE LO ROBADO.
No se causa agravio al reo, aunque aparezca que se omitió el avalúo, por peritos, de las mercancías robadas, si el Juez de la causa, en la sentencia de primera instancia, al individualizar la pena, estimando que estaban probados el delito y la responsabilidad del reo, estuvo a lo más favorable al procesado, y aplicó la regla del robo simple, cuando el valor de lo robado no excede de cincuenta pesos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301044-3e13b2a8/robo-penalidad-del-cuando-se-desconoce-el-monto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7155/48. Castellanos Fernando. 17 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.
Quinta Epoca:
Tomo C, página 2210. Indice Alfabético. Amparo directo 6483/48. Aguilar González Jacinto. 17 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.
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