SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE.
No es de sobreseerse en la revisión, por el hecho de que el auto de formal prisión reclamado, haya sido declarado insubsistente por la autoridad responsable, si ello fue en cumplimiento de la sentencia pronunciada por el Juez de Distrito, misma que ha sido recurrida en esa revisión, pues como el efecto del sobreseimiento sería la nulificación del juicio de amparo, tal nulificación comprendería igualmente la sentencia recurrida, que amparó al quejoso, y si esto es así, la autoridad responsable, en tal supuesto, quedaría en condiciones de estimar nuevamente subsistente y con valor legal el auto reclamado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301352-89730bb9/sobreseimiento-improcedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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