JUECES DE DISTRITO, COMPETENCIA DE LOS.
Corresponde conocer el amparo al Juez de Distrito de la entidad en cuya jurisdicción se trata de ejecutar la orden de aprehensión dictada en contra de dicho individuo. Si con posterioridad, la situación jurídica cambia, según los informes que se obtengan de las demás autoridades señaladas como responsables, esta circunstancia no puede tenerse en cuenta por ahora para señalar como competente a otro Juez, si no hay dato alguno que haga suponer que en jurisdicción de éste se trata de ejecutar dicho acto reclamado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301358-1bddcc73/jueces-de-distrito-competencia-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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