ORDEN DE APREHENSION (TESTIGOS EN EL PROCESO).
No apareciendo de autos que los testigos que incriminan al quejoso hubiera declarado con falsedad, o estén inhabilitados por la ley, sus deposiciones tiene toda la presunción de validez concurrente a hacer probable la responsabilidad del quejoso como partícipe en los hechos que se investigan, por lo que la orden de aprehensión no es violatoria de garantías por apoyarse en ellas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301451-508b98e8/orden-de-aprehension-testigos-en-el-proceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 4717/48. Viveros Luis. 15 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- ORDEN DE APREHENSION (TESTIGOS EN EL PROCESO). (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION (TESTIGOS). (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSIÓN. ES VIOLATORIA DE GARANTÍAS SI DE LAS CONSTANCIAS DE AUTOS SE ADVIERTE QUE SOBRE LA RESPONSABILIDAD DEL ACUSADO, ÚNICAMENTE OBRA LA DENUNCIA QUE SOBRE LOS HECH (5067)
- ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis