AUTO DE FORMAL PRISION (VALORACION DE PRUEBAS).
Lo que exige el artículo 19 constitucional, como uno de los elementos esenciales para el auto de formal prisión, es que haya datos bastantes que puedan hacer probable la responsabilidad del acusado; por lo cual es manifiesto que el precepto constitucional no exige un análisis total del valor probatorio de los elementos, ya que es suficiente con que los datos hagan probable la responsabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301579-19e60fc2/auto-de-formal-prision-valoracion-de-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 6375/47. Agredano de Vilchis María. 15 de noviembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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