ROBO EN LUGAR CERRADO.
El cuerpo del delito de robo en lugar cerrado, queda plenamente acreditado por la comprobación de los elementos materiales del mismo, con la confesión de parte de uno de los acusados y por la prueba de que a todos ellos se les encontraron los objetos de que se apoderaron en el interior de un taller, que se encontraba cerrado con llave, y al que tuvieron acceso por medio de escalamiento, fracturado luego una puerta interior del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301630-049aca01/robo-en-lugar-cerrado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5337/47. Briseño Avalos José. 25 de noviembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Angeles. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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