OFENDIDA, RETRACTACION DE LA.
Con la retractación de la ofendida, ratificada ante el Juez del proceso, la presunción que emanaba de sus primitivos dichos en contra del reo, se desvanece por completo, ante la ausencia de cualquiera otra probanza que hubiera podido reafirmar aquéllos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301988-82ab08de/ofendida-retractacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3626/48. Santellanes Santoscoy Ramón. 9 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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