ULTRAJES A UN FUNCIONARIO PUBLICO, DELITO DE (LEGISLACION DE TABASCO).
El delito de ultrajes a un funcionario público, según el Código Penal aplicable, se comete, cuando "se injuria" al gobernador del Estado, miembros del Congreso, del Poder Judicial o autoridades municipales, siempre que se profieran las injurias "cuando se hallen ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas", lo que no acontece respecto de un diputado que no se encontraba en el ejercicio de sus funciones, sino que hacía requerimientos que notoriamente incumbe a la policía y no a un diputado local.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302026-ffad2ea6/ultrajes-a-un-funcionario-publico-delito-de-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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