LEGITIMA DEFENSA EN RIÑA.
Si la agresión de que dice el acusado fue objeto, había dejado de tener el carácter de actual, y de la violencia que en la agresión hubo, no resultó en peligro inminente para la vida del propio acusado, pues cuando lesionó a su contrario, el ataque se había realizado y el carácter del propio ataque fue leve (pues se limitó a un golpe con la mano, lanzado por el ofendido, en contra del acusado), esto hace desaparecer la legítima defensa, dando a los hechos, por el contrario, la fisonomía de una riña, en la que el reo es agredido y el herido su agresor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302028-dcf48ae8/legitima-defensa-en-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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