LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
El reo repelió dentro de una riña una agresión actual, violenta y sin derecho, por parte del que resultó occiso, si éste, sin motivo suficiente, se le fue encima a golpes; mas no puede decirse que de esos golpes, inferidos con las manos, resultara un peligro inminente para el que los recibía, tanto más, si no aparece probado que dicho occiso fuera superior en fuerza física al reo, y si a lo anterior se agrega que no hubo necesidad racional del medio empleado por el procesado, para repeler la agresión, pues si con las manos era golpeado, con las manos debió responder a la agresión, y el daño que pudiera haberle causado su agresor era notoriamente de poca importancia comparado con el que el acusado causó, que fue nada menos que la muerte, de lo que se advierte que concurrieron los elementos negativos a que se refieren los incisos tercero y cuarto de la fracción III del artículo 15 del Código Penal, que invalidan la eximente de responsabilidad de legítima defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299680-3de1ac74/legitima-defensa-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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