APELACION EN MATERIA PENAL.
Si el tribunal de alzada modificó un punto de la sentencia de primera instancia, agravándola, pues aunque redujo el monto de la pena de prisión, estableció que la condena quedaba en calidad de incondicional, impidiéndole al sentenciado continuar disfrutando de la libertad de que gozaba, y ello a través de un recurso hecho valer por el interesado, con el objeto de obtener una resolución favorable, indiscutiblemente a tal respecto, la autoridad responsable ha hecho una inexacta aplicación de la ley, en perjuicio del quejoso, razón por la cual, se impone concederle la protección federal para el efecto de que se dicte una nueva resolución en la que se establezca que la pena impuesta es condicional, en los términos de la resolución de primera instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302161-ae8d496f/apelacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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