OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO.
La sola imputación de los ofendidos, por más verosímil que sea, no puede servir como fundamento de una condena, por determinación expresa de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302461-5cbea331/ofendido-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6332/46. Pizano Alvarado Francisco. 9 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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