SOCIEDADES MERCANTILES, NO INSCRITAS EN EL REGISTRO DE COMERCIO.
Las sociedades mercantiles que no están inscritas en el Registro de Comercio, no pueden considerarse inexistentes, ya que el artículo 2o. de la Ley General de Sociedades Mercantiles, reformado por Decreto de treinta y uno de diciembre de mil novecientos cuarenta y dos, en su apartado tercero, previene que las sociedades no inscritas pero que se hayan exteriorizado como tales, frente a terceros, tendrán personalidad jurídica, lo que demuestra que la misma Ley General las considera con existencia legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302564-52456370/sociedades-mercantiles-no-inscritas-en-el-registro-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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