RIÑA Y LEGITIMA DEFENSA, INEXISTENCIA DE.
Se destruyen las hipótesis de la legítima defensa y del estado de riña alegados, si está probado que las víctimas intervinieron en la contienda sólo en defensa de un familiar agredido y no con ánimo de riña, ya que no hay prueba que acredite que hubieran devuelto los golpes que los heridores propinaron a dicho familiar como a ellos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302569-2b2c014f/rina-y-legitima-defensa-inexistencia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1093/41. Mendoza Tomás y coags. 12 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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