RIÑA Y LEGITIMA DEFENSA.
No es posible considerar que el homicidio haya sido cometido en legítima defensa, si es inconcebible admitir que el heridor, en vista de los antecedentes del caso, no haya previsto la agresión y no la haya podido evitar, pues si ante las circunstancias que anunciaban una riña, tácitamente el quejoso la aceptó, se advertirá que por ello no opera la causa de justificación de legítima defensa, puesto que la riña elimina la posibilidad de que aquélla exista.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806129-6936356a/rina-y-legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2097/43. Moreno Alcalá J. Carmen. 16 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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