LIBERTAD POR FALTA DE MERITOS.
Al vencerse el término constitucional, se presenta generalmente las dos alternativas de poner en libertad por falta de méritos al detenido, declararlo formalmente preso; luego si la instancia del quejoso fue en el primer sentido y la resolución en el segundo; aun en el supuesto de que no se haya hecho una referencia explícita a los argumentos invocados; es de admitirse que fueron desechados por las consideraciones contenidas en el auto de formal prisión, que es el acto que en realidad agravia al quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303041-4e17c54c/libertad-por-falta-de-meritos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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