DROGAS ENERVANTES, POSESION DE.
Si bien es verdad que el juzgado de la causa dio fe de una cantidad de esta droga que le remitió el comandante de Policía, y del delegado sanitario Federal y su laboratorista adscrito, rindieron dictamen en el sentido de que la expresada substancia era una droga enervante, también lo es que jurídicamente no puede establecerse que esa droga sea precisamente la substancia que fue recogida en la habitación de la acusada si no consta en autos que al practicarse cateo en ella, se hubiera cumplido con las formalidades que para el caso establece el artículo 70 del Código Federal de Procedimientos Penales, lo que acontece si no hay constancia alguna en autos que compruebe, primero, la autorización judicial en términos del artículo 16 de la Constitución General de la República, para haber efectuado un cateo en la casa habitación de la hoy quejosa, ni, segundo, que se haya levantado un acta para hacer constar a aquél, pues resulta ostensible que no habiéndose levantado tal acta, no puede estar acreditado que en la habitación de la quejosa se hubieran encontrado las substancias de que habla la remisión y una de las cuales, por otra parte, no le fue mostrada a la acusada. Por otra parte, debe advertirse que tampoco está acreditado, legalmente, que la substancia recogida fuera morfina, ya que el informe del delegado sanitario de que se ha hecho mérito no puede estimarse sino como un simple informe, ya que fue rendido en acatamiento de un acuerdo del Juez de la causa, en el que se pide que "se sirva dictaminar acerca de los puntos a que se hace mención el inserto" a pedimento del Ministerio Público, pero sin que hubiera mediado para ello nombramiento de peritos, aceptación de cargo y protesta de conducirse con verdad, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 220, 226, y 227 del código procesal invocado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303539-0081f500/drogas-enervantes-posesion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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