ARBITRIO JUDICIAL.
La autoridad responsable no individualizó debidamente la pena que debe corresponder a cada uno de los quejosos por la mayor o menor temibilidad de estos, si se les impuso la sanción máxima, tanto corporal como pecuniaria, sin atender a otra causa que al monto de lo defraudado, sin que se exprese ninguna otra circunstancia que amerite tal sanción. en tal virtud, procede concederles el amparo que solicitan, únicamente para el efecto de que la autoridad responsable reponga su fallo, e individualizó la pena al razonar su arbitrio, e imponga a cada uno de los quejosos la sanción que estime justa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303598-24b2d8d2/arbitrio-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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