COMPETENCIA EN MATERIA PENAL.
Si no aparece que en el caso se haya ejercitado la acción penal por otro delito que el de homicidio y el auto de formal prisión solo se refiere a ese delito, siendo el delito de homicidio de la competencia del fuero común, esta en lo justo el Juez Federal respectivo, al sostener que el caso no le compete.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303637-9a510e8a/competencia-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 141/44. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de Chiapas y Primero Municipal de Tonalá, Chiapas. 22 de octubre de 1946. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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