ORDEN DE APREHENSION DICTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO.
El Ministerio Público no está capacitado legalmente para dictar una orden de aprehensión, y no cambia la situación jurídica del detenido, con el hecho de habérsele consignado a otro agente del Ministerio Público, pues la consignación de un agente a otro, no puede estimarse como cambio de situación jurídica, ya que la institución del Ministerio Público es indivisible.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304001-9f9a5925/orden-de-aprehension-dictada-por-el-ministerio-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 288/46. Rivera Tereso. 8 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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