Corpus
Modo: Corpus Pro

DEPOSITARIO, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO PEDIDO POR EL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 304046 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2190

Si la posesión que de ciertos bienes, tenía el quejoso era sólo como depositario de los mismos, en tanto se hacían las investigaciones correspondientes que precisarían la situación jurídica de los mismos, al ordenarse su devolución, no se afectan los intereses del recurrente ya que los bienes aludidos estaban a disposición de la autoridad ordenadora del acto reclamado. De aquí que opera la causa de improcedencia a que se refiere la fracción VI del artículo 73, en relación con la III del artículo 74, ambos de la Ley de Amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304046-d0e5a8e0/depositario-improcedencia-del-amparo-pedido-por-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 3387/46. Jiménez Ramón. 27 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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