CONMUTACION DE LA PENA.
La conmutación de la pena puede ser hecha por la autoridad, según su criterio, de una manera facultativa y no obligatoria, pues es ella la única que está en condiciones de poder juzgar si es o no conveniente llevarla a cabo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304334-ea275de6/conmutacion-de-la-pena · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7829/45. Díaz Carrillo Josefina. 27 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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