COACUSADO, VALOR DE SU DICHO.
Si los coacusados tratan, en sus declaraciones, de eludir su propia responsabilidad, esta circunstancia quita valor probatorio a las mismas, pero no al grado de repudiarlas en su calidad de indicios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304389-355b2bc8/coacusado-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4229/44. Hernández Isauro y coag. 15 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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