COHECHO, DELITO DE.
El delito de cohecho es un delito activo o pasivo de corrupción de funcionarios, empleados o comisionados públicos, consistente en la venalidad o tráfico de sus funciones, y precisa, para su existencia legal, la justificación de que quien comete la acción criminal de recepción, solicitud o aceptación indebida de dinero, o cualquiera otra dádiva, con el fin de ejecutar los actos venales o funcionales injustos, tenga una calidad oficial, o sea, el de estar encargado de un servicio público, ya como funcionario, ya como empleado o comisionado público, y si la declaración del reo en que niega estar encargado de servicios públicos, no está contrariada por prueba alguna en autos, debe estimarse veraz y, por consecuencia, bastante para declarar que en el caso no está satisfecha la constitutiva primordial del delito, respecto a la calidad oficial que debe tener el sujeto activo del hecho criminoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304395-29400e5d/cohecho-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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