SUSPENSION.
No se pueden invocar razones que norman la procedencia del amparo, para determinar la procedencia o improcedencia de la suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304415-a6571e42/suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo LXXXVII, página 3548. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 93/46. Estrada de Cuneta Aurora. 12 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXVII, página 439. Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 4296/45. Macías Valenzuela Pablo E. 19 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION (IMPROCEDENCIA DEL AMPARO). (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- SUSPENSION, EFECTOS DE LA. (s/clave)
- SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis