RIÑA, PENA APLICABLE EN CASO DE (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
La métrica de la penalidad de la riña debe estimarse dentro del margen de tres días que, como mínimo, fija el artículo 22 del Código Penal que rige en el Estado, y el de quince años que, como máximo, aplica el propio ordenamiento al homicida simple, margen que debe servir al juzgador para establecer la medida o los cinco sextos de la sanción aplicable para los casos de riña, ya que el artículo 289 de la multicitada ley punitiva, previene que debe aplicarse en tales casos, al delincuente, "hasta la mitad" o hasta cinco sextos de la pena fijada para el homicidio simple.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304768-81224bfd/rina-pena-aplicable-en-caso-de-legislacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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