PECULADO, DELITO DE.
Para la comprobación del delito de peculado, no se requiere que se demuestre el dolo, puesto que la intención dolosa del agente activo del delito, está imbíbita en el propio obrar del agente, o sea, en la actuación que constituye el acto antijurídico.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304797-30b0ae54/peculado-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5046/45. Pacheco Martínez Ismael. 7 de noviembre de 1945. Mayoría de tres votos. Disidente: Fernando de la Fuente. Ausente: José María Ortiz tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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