PECULADO, CUERPO DEL DELITO DE.
Como la ley no señala modo especial de comprobar el delito de peculado, tal cosa deberá hacerse justificando todas y cada una de las circunstancias constitutivas de ese hecho delictuoso; pero como por cuerpo del delito debe entenderse, según lo ha establecido la Sala Penal de la Suprema Corte, en numerosas ejecutorias, los elementos materiales de la infracción, es evidente que el estudio acerca de la existencia de esos elementos, debe concretarse a los componentes objetivos del hecho criminoso, conocido con el nombre de peculado, dejando el análisis de la dañada intención, que inconcusamente es una cuestión subjetiva, y que propiamente atañe a la culpabilidad, para cuando se haga el estudio de la responsabilidad penal del acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313655-f61f8e2d/peculado-cuerpo-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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