AUTO DE FORMAL PRISION, EN EL PUEDEN ESTUDIARSE LAS EXCULPANTES.
A través de la formal prisión sólo puede estimarse una eximente de responsabilidad, cuando la misma aparezca demostrada con nitidez meridiana, esto es, sin el menor asomo de duda. En tales condiciones, resultaría injusto aplazar su estudio hasta la sentencia definitiva con perjuicio del inculpado, quien durante ese tiempo sufriría las molestias consiguientes a su enjuiciamiento. Ahora bien, cuando de lo actuado en la investigación previa, no se desprende la indiscutible comprobación de las eximentes de que se trata, el análisis de la cuestión debe reservarse para cuando se pronuncie la sentencia que ponga fin a la causa, ya que ese es el momento en que el juzgador dispone del mayor acopio de elementos demostrativos para normar su criterio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304879-5634c452/auto-de-formal-prision-en-el-pueden-estudiarse · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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