LEGITIMA DEFENSA.
Para que exista la legítima defensa, debe repelerse un ataque o agresión violentos, que amenacen de manera inminente la vida o la integridad personal del sujeto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305334-79db5003/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8398/43. Ortiz Rubio Fernando. 23 de junio de 1945. Mayoría de tres votos. Excusa: José Rebolledo. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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