Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, CUANDO ES PARTE OFENDIDA LA FEDERACION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 305595 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2419

Si el reo cometió el delito de daño en propiedad ajena, la falta de propiedad por parte de la Federación, del inmueble averiado, daría margen a la incompetencia de los tribunales del fuero federal, mas no a la falta de querella a que se refiere la última parte del artículo 62 del Código Penal, que solo exige petición de la parte ofendida; y si en la especie, resultó ser la persona moral la que tenía a su servicio el mueble que resultó con los daños producidos por la imprudencia del reo, y ésta presentó su querella, por conducto de su representante legal el jefe del Ministerio Público, no puede estimarse que no se haya llenado el requisito de la querella.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305595-dd3126bb/dano-en-propiedad-ajena-cuando-es-parte-ofendida · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 8264/44. Iñiguez Barragán José. 9 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis