Corpus
Modo: Corpus Pro

ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 305851 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 482

La alevosía no es sino forma o modo de lo titulado por el maestro Carrara, insidia; el ocultamiento de la persona, el acecho, con el propósito preconcebido de consumar el delito. Se advierte así, que es preciso que sea pensado antes el delito, para llegar a la perpetración. El ataque no puede llamarse improviso, para los efectos de la calificativa, si antes no reflexionó el agente sobre tal circunstancia o modalidad; de lo contrario, llegaríase al absurdo, de que todo acometimiento materialmente ejecutado de improviso, sería alevoso; cuando el texto legal requiere unidos los requisitos material psicológico de la idea criminal, por lo que la calificativa de premeditación, es base de la alevosía.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305851-7373d51b/alevosia-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 5778/49. López Hernández Sael. 19 de octubre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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