DIFAMACION, DELITO DE.
Si hubo una comunicación dolosa a otras personas de hechos determinados, ciertos o falsos, que pueden causar deshonra o exponer al desprecio del sujeto pasivo de la infracción, es indudable que existe el delito de difamación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306144-d9338c4b/difamacion-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6680/44. Sosa Pérez Joaquín. 14 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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