LIBERTAD PERSONAL, RESTRICCION DE LA.
La Primera Sala de la Suprema Corte, en múltiples ejecutorias, ha sustentado el criterio, en el sentido de considerar procedente la suspensión en todos los casos en que se reclama una restricción de la libertad personal, sin que esto signifique que el Juez esté en la obligación de dejar en libertad al reo, o de otorgarle la libertad caucional si así lo pidiere, porque tal beneficio sólo puede acordarse si así lo establecen las leyes locales o federales, según el caso; y si se trata de una orden de aprehensión, el Juez puede dictar todas las medidas de seguridad que crea convenientes respecto del acusado, inclusive internarlo en una prisión en un cuartel o en otro lugar, para poderlo devolver a la autoridad responsable, si no obtiene el amparo de la Justicia Federal, ya que sustancialmente la suspensión opera con el propósito de salvaguardar la libertad y persona del quejoso, por lo que éste queda a disposición del Juez de Distrito, según lo dispone el artículo 136 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306310-507ce096/libertad-personal-restriccion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LIBERTAD PERSONAL, RESTRICCION DE LA. (s/clave)
- LIBERTAD PERSONAL, RESTRICCION DE LA. (s/clave)
- LIBERTAD PERSONAL, RESTRICCION DE LA. (s/clave)
- LIBERTAD PERSONAL, RESTRICCION DE LA. (s/clave)
- LIBERTAD PERSONAL, SUSPENSION TRATANDOSE DE RESTRICCIONES A LA. (s/clave)
- LIBERTAD PERSONAL, RESTRICCION DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis