DESERCION.
Si el acusado de éste delito aparece que solicitó permiso de sus superiores para salir del cuartel donde estaba alojado y que por no conocer la ciudad volvió al cuartel cuando sus compañeros ya habían salido para el lugar de origen y que a la mañana siguiente se presentó a la Secretaria de la Defensa Nacional manifestando lo acontecido, y dicha secretaría, ordenó que fuese agregado a una fajina que debía salir con determinado destino, es claro que el quejoso no incurrió en el delito de deserción, pues de ser así, la superioridad no hubiera dado las órdenes de incorporación sino más bien las detenciones y consignación correspondientes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306445-926e9dc7/desercion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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