ROBO DE GANADO.
En el delito de robo de ganado, no es necesario determinar quién es el legítimo tenedor de los derechos sobre la cosa materia del delito, siendo sólo indispensable este dato y de sumo interés, cuando se trata de establecer quién o quiénes son los perjudicados, acreedores a la reparación del daño.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306526-dfcd7ed6/robo-de-ganado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3784/43. Moreno Roberto y coag. 7 de septiembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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