ROBO, DELITO DE.
El aprovechamiento de la cosa objeto del delito de robo, por parte del responsable, no puede dar lugar a la comisión de un nuevo delito, sino a acciones civiles que tiendan a reparar el daño ocasionado en el patrimonio del ofendido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808870-a3a1f97f/robo-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 4547/36. Nicolás Ramírez. 16 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLVII, página 2349. Amparo penal directo 2177/34. Flores Chávez Rosalío. 12 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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