ROBO LLEVADO A CABO POR EL POSEEDOR.
Si a un individuo se le ha puesto en posesión de un terreno, en virtud de un contrato de aparcería, en el que se pactó que tendría una participación en lo que produjera un ganado que allí se encontraba, sin duda que se le entregaron todos los bienes contenidos en la finca, en razón de un contrato no traslativo de dominio, tanto más si aparece que se le asignó un sueldo, lo que le dejó el carácter de empleado, y si dicho individuo quitó los alambres que servían de cerco a la propiedad, no puede estimarse que haya habido fractura, porque no era posible apoderarse de los alambres sin desprenderlos del sitio en donde se encontraban, y la fractura se llevó a cabo en bienes distintos de aquellos en que la fractura se practicó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306575-3d2c6dc3/robo-llevado-a-cabo-por-el-poseedor · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ROBO, DELITO DE. (s/clave)
- ARRENDATARIO, ROBO COMETIDO POR EL. (s/clave)
- DELITO DE ROBO, INEXISTENCIA DEL. (s/clave)
- ROBO CON VIOLENCIA. (s/clave)
- ROBO COMETIDO POR TRABAJADORES, AL SERVIR AL APARENTE PROPIETARIO. (s/clave)
- JUNTAS, APRECIACION DE PRUEBAS POR LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis