Corpus
Modo: Corpus Pro

JUNTAS, APRECIACION DE PRUEBAS POR LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 377691 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1529

Aun cuando una persona manifieste haber recibido servicios de otra, no por eso queda destruida la excepción opuesta en el sentido de haber existido entre ambas un contrato de aparcería, ni la posibilidad de que el aparcero pueda también prestar servicios de carácter transitorio, y si las retribuciones devengadas por el que prestó tales servicios, no fueron bastantes y quedó por tanto algún saldo insoluto a su favor, debió haber presentado su reclamación sobre esa base, y no el concepto de haber sido encargado de una finca rústica, carácter que no puede considerarse justificado, si ninguna prueba fue rendida al respecto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377691-1cdbbfa8/juntas-apreciacion-de-pruebas-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 6549/40. Rosales Ezequiel. 14 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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